Original y Duplicado de la siguiente documentación:
>> Declaración Jurada para el Inicio de Trámite de la Prestación por Desempleo.
>> Documento que acredita el despido:
>> Telegrama de despido o carta documento.
>> Sentencia de quiebra autenticada por el Juzgado.
>> Contrato o nota de despido con firma del empleador certificada por banco, escribano
público, funcionario de ANSeS o autoridad judicial.
>> Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento, Libreta Cívica
>> Recibos de sueldo:
> De los últimos 6 meses o en su defecto el del mes de mejor remuneración neta del último
semestre.
> Quincenales: Los recibos correspondientes deben corresponder a meses completos.
Los trabajadores que no cuenten con los recibos de sueldo mencionados podrán
presentar en su lugar la Certificación de Servicios y Remuneraciones, con el fin de
acreditar la mejor remuneración de los últimos 6 meses anteriores al cese.
La Certificación de Servicios y Remuneraciones puede suplir al recibo de sueldo para
documentar la antigüedad laboral correspondiente a los tres últimos meses anteriores
al cese laboral cuando éstos no se encuentren registrados en la sabana se aportes
(SIJP).
Los meses trabajados anteriores a los mencionados que no se encuentren registrados
en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, sólo serán reconocidos mediando
denuncia del beneficiario ante la AFIP/DGI y contra presentación
de la resolución por la
cual dicho organismo reconoce dichos períodos.
>> Libreta de Aportes.
IMPORTANTE: para el supuesto caso de retención de la Libreta por parte del
empleador,
el trabajador deberá acompañar constancia de telegrama laboral o carta documento por
los cuales intima a la entrega de la misma.
>> Documentación que acredita el cobro Fondo de Cese Laboral de la Ley 22.250 (en el caso
que este se haya efectivizado).
>> Si el titular posee cargas de familia: la documentación pertinente que establece el Régimen
Nacional de Asignaciones Familiares.
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