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Protección y prevención
de riesgos laborales
 

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ASESORAMIENTO PREVISIONAL: SISTEMA PREVISIONAL
 

El Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP - Ley Nº 24.241) se encarga de brindar cobertura a los riesgos de vejez, invalidez y muerte, integrando el Sistema Unico de la Seguridad Social. Es obligatorio para todos los trabajadores mayores de 18 años y se compone de dos regímenes:

>> REGIMEN PREVISIONAL PUBLICO:

Fundamentado en el otorgamiento de prestaciones por parte del Estado que se financiarán a través de un sistema de REPARTO (los aportes van al Estado). Los beneficios son brindados por ANSeS, la población activa aporta parte de su remuneración para ser distribuida en forma de jubilaciones y pensiones entre la población pasiva, basándose en el principio de Solidaridad.

>> REGIMEN DE CAPITALIZACION:

Basado en la capitalización individual, una parte de los beneficios son brindados por las AFJP, basándose en la capitalización de los aportes, y otra parte por ANSeS. Es por ello que el Régimen de Capitalización es también llamado mixto.

OPCION DEL REGIMEN JUBILATORIO:
 

Puede realizarse personalmente ante la ANSeS o bien a través de su empleador. A partir del Decreto 1495/01, los trabajadores cuentan con un periodo de 90 días desde el inicio de la relación laboral, para optar por el régimen de reparto o el de capitalización. Este Decreto también determina que quienes no manifiesten su opción al régimen de reparto, en el periodo antes mencionado, se derivarán como indecisos a la AFJP que cobre la menor comisión. Una vez realizada la opción, pueden pasar del sistema de reparto al de capitalización en cualquier momento, pero nunca a la inversa.


PADRON DE REPARTO (Régimen Previsional Público):
 

Ingresando su Nº de CUIL en la siguiente dirección http://www.afip.gov.ar/inarss/inarss.asp podrá verificar si pertenece o no al sistema de reparto.
 

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